Pagos a ser realizados por el MPPE en el mes de julio.
PERSONAL DOCENTE:
Cláusula 70. Bono Vacacional.
60 días de salario Integral. El pago del Bono Vacacional para el personal docente será efectivo en la primera quincena del mes de julio.
VI Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación 2011-2013.
Cláusula 24. Ajuste Salarial 28 días (4 semanas compensatorias). Este pago se efectuará en la quincena catorce o segunda quincena de julio de cada año
PERSONAL ADMINISTRATIVO:
Cláusula 74. Bonificación al Ingreso Familiar (CAIF). Es una bonificación para sufragar los gastos de útiles y uniformes escolares.
75 días de salario integral. Esta bonificación será cancelada en el mes de julio de cada año, en la fecha establecida por el MPPE.
Total: 75 días.
Nota: el personal administrativo no cobra vacaciones en julio, sino en el mes en que nazca el derecho (mes de ingreso al MPPE).
PERSONAL OBRERO:
Cláusula 70. Bono Vacacional.
60 días de salario integral. El pago del Bono Vacacional para el personal obrero será efectivo en la primera quincena del mes de julio.
Cláusula 76. Bonificación Sustitutiva de Útiles Escolares.
30 días de salario integral. Esta bonificación será cancelada un el mes de julio de cada año, en la fecha establecida por el MPPE.
Cláusula 77. Bonificación Sustitutiva de Uniformes.
60 días de salario integral. Está bonificación será cancelada en el mes de julio de cada año, en la fecha establecida por el MPPE.
Total: 150 días
BONO RECREACIONAL A LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS ADMINISTRATIVOS, DOCENTES Y OBREROS:
Cláusula 58. Bono Recreacional.
60 días de asignación mensual total, calculado sobre el monto total de la jubilación recibida en el mes de junio. El pago del Bono Recreacional será en la primera quincena del mes de julio de cada año.